domingo, 16 de septiembre de 2018

CANCER NO ES SINONIMO DE MUERTE.VILLA CURRY. Hola de nuevo,  me veo en la obligación de realizar una breve entrada, para hacer algunas aclaraciones. Primero me voy a referir a los estatutos de  las Mutualidad Laborales, hoy Seguridad Social. y concretamente, a las pensiones e viudedad,  Dichos Estatutos, establecen que las pensiones de VIUDEDAD,  se extinguen por las siguientes razones, una por culpabilidad de la viuda en la muerte del marido,  otra, por no llevar una vida honrada y honesta, otra por mantener una relación sentimental, Otra mas, por contraer un segundo matrimonio y por ultimo, por fallecimiento de la viuda. Esto queda suficiente aclarado y podréis comprender el por que de las intenciones de mis dos ex esposas, relativo a la pensión alimenticia de ellas.. Lo mismo que en la concesiones de pensión de jubilación, esta  se extingue cuando el jubilado realiza trabajos por cuenta ajena o propia con afán de lucro. Creo que ha quedado lo sufrientemente  aclarado el por que de esta nueva entrada. Que tengáis una buena tarde noche. No puedo terminar, sin añadir que el haber realizado esta cantidad de entradas, el que mas se ha beneficiado de ellas he sido yo  que me ha supuesto llenar una  gran parte de mi soledad. Muchas gracias por tantas visitas como lleva recibidas el BLOG.

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